Recientemente, el 3 de Julio, se ha publicado la modificación del RD 1393/2007 que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Sobre los cambios que se indican, en el ambito de la formación permanente, el más destacable es la posibilidad de reconocimiento de créditos en estudios oficiales en base a la experiencia laboral y profesional acreditada, otros estudios superiores en enseñanzas oficiales o en Títulos Propios. Este reconocimiento se limita a un 15% del total del plan de estudios oficial. En el caso de Títulos Propios extinguidos y sustituídos por un título oficial se podrían reconocer un porcentaje mayor al señalado en el párrafo anterior o incluso un reconocimiento en su totalidad.
Aunque pensamos que en el caso de Títulos Propios de reconocido prestigio y calidad este porcentaje de reconocimiento es insuficiente, creemos que se ha dado un primer paso. Desde RUEPEP seguiremos trabajando en la creación de acuerdos, directrices, normativas y protocolos de verificación y acreditación de Títulos Propios que permitan poner en valor este ámbito de la formación postgraduada de alto nivel que mejore y amplien las pasarelas desde o hacia la formación oficial.
Se puede acceder en este enlace al RD 861/2010, de 2 de Julio de 2010 por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre
Guy Haug, experto en políticas universitarias europeas, antes de la publicación del RD indicaba ya que «la limitación del 15% que ha decidido Esducación es demasiado restrictiva ya que está muy alejado de otros países como Inglaterra o Francia, que no han fijado un límite o dicen expresamente que se podrá reconocer hasta un 100% de una titulación«. Añade que «lo importante no es fijar un límite, sino garantizar que el proceso de validación o reconocimiento esté bien hecho, es decir, basado en evidencias y sin prejuicios. Si realmente uno cree en la necesidad de poner límites, no debería ser inferior al 50%«. [Artículo del País 18/05/2010]